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Notificación por aviso - EPQ SA ESP - ESAQUIN S.A E.S.P

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Notificación por pagina web radicado 1626 de 2021

De conformidad a lo establecido en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo C.P.A.C.A, y teniendo en cuenta que a la fecha no ha sido posible llevar a cabo la notificación personal de la respuesta al radicado No. 1626 de 2021 ante las Empresas Públicas del Quindío EPQ S.A. E.S.P., toda vez que en el Derecho de Petición no se encuentra una dirección a la cual notificar el presente acto administrativo, por tanto resulta imposible para la Empresa, poder comunicar personalmente al peticionario que esperan una respuesta oportuna conforme a la ley frente al derecho de petición, por lo tanto se procede a notificar a través de la página web la respuesta al radicado en mención.
 

Notificación por Aviso al señor FERNANDO MORA C

por medio del Radicado Interno 1878  del año 2021, toda vez que a la fecha no ha sido posible llevar a cabo la notificación personal de la respuesta  al radicado en mención, en donde la inquilina del lugar que el peticionario indicó para que se le notificará, la misma se negó a recibir el acto administrativo. 

Notificación por Aviso al señor ANIBAL DE JESUS BURITICA BERNAL

Notificación por Aviso al señor ANIBAL DE JESUS BURITICA BERNAL por medio del Radicado Interno 580 y 581 ambos del año 2021, a fin de que sea publicado debido al que el peticionario no determinó la dirección de la notificación.
 

Notificación por Aviso al señor LUIS GABRIEL GUARIN GOMEZ

por medio del Radicado Interno 1877 del año 2021, toda vez que a la fecha no ha sido posible llevar a cabo la notificación personal de la respuesta del radicado en mención, en donde se encontró que lugar que el peticionario indicó para que se le notificará, se encuentra desocupado.
 

ELIMINACIÓN DOCUMENTAL

El técnico administrativo de archivo de las empresas públicas del quindío E.P.Q. hace saber que según la ley general de archivo 594 del 2000, y de acuerdo a las tablas de retención y valoración documental aprobadas por el comité institucional de gestión y desempeño, los tiempos de retención de las siguientes tipologías documentales, ya se encuentran cumplidos por eso hago constar que se debe dar eliminación mediante acta los siguientes documentos:
 
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