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Respuestas a preguntas frecuentes - ¿Cuánto pueden cobrar las E.S.P. por cualquiera de las actividades de corte, suspensión y reconexión? - EPQ SA ESP - ESAQUIN S.A E.S.P
¿Cuánto pueden cobrar las E.S.P. por cualquiera de las actividades de corte, suspensión y reconexión?

Al respecto, la CRA en Resolución 424 de 2007 estableció los siguientes valores máximos que pueden cobrar por concepto de las actividades de corte, suspensión, reconexión o reinstalación del servicio: 
Suspensión: 1.4% del salario mínimo mensual legal vigente.
Reinstalación: 1.2% del salario mínimo mensual legal vigente.
Corte: 2.4% del salario mínimo mensual legal vigente.
Reconexión: 2.2% del salario mínimo mensual legal vigente.